Con la fecha límite del 30 de mayo cada vez más cerca, la Secretaría del Trabajo de Nuevo León intensifica la supervisión del pago de utilidades para asegurar que las empresas cumplan con esta obligación contemplada en la Ley Federal del Trabajo.
El titular de la dependencia, Federico Rojas Veloquio, aseguró que el gobierno estatal está comprometido con los derechos laborales y reiteró el respaldo total a quienes los soliciten:
“Queremos decirles a las y los trabajadores de Nuevo León que cuentan con el apoyo de la Secretaría del Trabajo para que les sea otorgado este derecho por parte de las empresas, siempre y cuando sean sujetos a ello, de acuerdo a lo que marca la ley”
Federico Rojas Veloquio, Secretario del Trabajo
Empresas bajo la lupa: vigilancia activa ante irregularidades
Desde principios de mayo, la Secretaría mantiene guardias activas y monitoreo constante en todos los sectores económicos. El objetivo es identificar a las empresas que incumplan y actuar de forma inmediata en favor de las y los trabajadores afectados.
“Nos encontramos vigilantes y alertas para recibir cualquier queja, duda o inquietud que los trabajadores tengan para orientarlos y asistirlos de manera correcta”
Federico Rojas Veloquio, Secretario del Trabajo
Esta estrategia busca no solo sancionar, sino también prevenir conflictos laborales al garantizar que el reparto de utilidades se realice en tiempo y forma, evitando abusos o prácticas evasivas por parte de los empleadores.
¿Hasta cuándo se deben pagar las utilidades y quiénes no tienen derecho a utilidades?
La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 123, establece claramente los plazos y condiciones para el pago de utilidades:
- Si trabajas para una empresa: del 1 de abril al 30 de mayo.
- Si trabajas para una persona física: del 1 de mayo al 29 de junio.
Este pago reconoce la contribución directa de los trabajadores en la generación de utilidades. Según la ley, se reparte en dos partes iguales: una por los días trabajados y otra por los salarios percibidos.
Aunque el reparto de utilidades es un derecho generalizado, la ley excluye ciertos perfiles laborales, como:
- Directores, gerentes o administradores generales de empresas.
- Socios o accionistas de la compañía.
- Trabajadores eventuales con menos de 60 días laborados en el año fiscal correspondiente.
- Prestadores de servicios por honorarios sin relación subordinada.
- Trabajadoras del hogar.
Estos casos están contemplados en la normativa, por lo que la Secretaría del Trabajo también aclara dudas sobre situaciones específicas.
La Secretaría del Trabajo de Nuevo León invita a los trabajadores a acercarse directamente a sus oficinas en caso de dudas, asesorías o quejas por el no pago de utilidades:
- La Procuraduría de Defensa del trabajo, ubicada en Ciudad Laboral, Avenida Churubusco 495 Norte, colonia Fierro. Teléfono: 81 20 20 26 66.
- Dirección de Inspección y Defensa de la Secretaría del Trabajo ubicada en Planta Baja de la Torre Administrativa, Avenida Washington 2000, colonia obrera. Teléfono: 81 20 33 26 08.
